sábado, 12 de febrero de 2011

Se incorpora al Programa Médico Obligatorio la detección celíaca.

Resolución del Ministerio de Salud de la Nación.
Dos procedimientos para la detección temprana de la enfermedad celíaca fueron incorporados al PMO.

Buenos Aires (Argentina).- La resolución 102/2011 fue publicada ayer en el Boletín Oficial por el Ministerio de Salud de la Nación. De esta manera, el análisis de sangre denominado Antitranglutaminasa tisular IgA y la biopsia de duodeno deberán ser prestados de forma gratuita por todas las obras sociales nacionales a la totalidad de la población beneficiaria.

En Argentina, se estima que la celiaquía afecta al 1,24% de la población. En muchos casos, puede pasar prácticamente inadvertida hasta que se manifiestan complicaciones. Para ello, es necesario realizar un estudio endoscópico y análisis donde se chequean los anticuerpos específicos. Algunos centros de salud no cubren algunos o todos los anticuerpos.

Gabriel Yedlin, secretario de Políticas, Regulación e Institutos de la cartera sanitaria nacional, dijo que "la nueva incorporación al programa garantiza que todos tengan la posibilidad de detectar la enfermedad y comenzar tratamientos. Ninguna obra social nacional podrá negarle al paciente la realización de estos estudios".

En diciembre de 2009, se sancionó la Ley Celíaca, que impulsa la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, el diagnóstico y el tratamiento de la enfermedad, y el acceso a alimentos libres de gluten. Esto implica que todos los productos estén rotulados con la leyenda "Libre de Gluten- Sin T.A.C.C", acompañada por un logo. Sin embargo, la ley todavía no fue reglamentada. Por ello, hoy solamente las empresas están obligadas a incluir la leyenda; el uso del símbolo es optativo.

"Se espera que se reglamente pronto y no dejamos de trabajar en cada punto de la norma. Uno de ellos, que ya cumplimos, es llevar el tema a la Comisión Nacional de Alimentos, donde se pautó que un alimento se considera libre de gluten cuando tiene sólo 10 partes por millón, cuando antes eran 20", dijo Yedlin, y concluyó: "Otro logro ha sido la incorporación de los procedimientos al PMO, convirtiendo al derecho del paciente en un derecho explícito"

- Texto de la Resolución 102/2011 del Ministerio de Salud

Apruébase e incorpórase al Programa Médico Obligatorio la pesquisa a través del marcador sérico IgA para la detección de la enfermedad celíaca.

VISTO el Expediente Nº 1-2002-21630/10-3 del registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley Nº 26.588, el Decreto 492 del 2 de septiembre de 1995, y la Resolución del ex MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE Nº 1991 del 28 de diciembre de 2005, complementarias y modificatorias, y

- CONSIDERANDO:
Que la enfermedad celíaca es una condición permanente de intolerancia al gluten y se manifiesta como una enteropatía mediada por mecanismos inmunológicos.

Que por Ley Nº 26.588 se declara de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten.

Que conforme al informe técnico científico elaborado por la Unidad Coordinadora de Evaluación de Tecnología Sanitaria del MINISTERIO DE SALUD, en Argentina existe un caso cada 79 niños y uno cada 167 adultos.

Que la Ley mencionada determina que las obras sociales enmarcadas en las Leyes Nros. 23.660 y 23.661, la obra social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las universidades, así como también todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean, deben brindar cobertura asistencial a las personas con celiaquía, que comprende la detección, el diagnóstico, el seguimiento y el tratamiento de la misma.

Que varias de las prácticas y tratamientos que forman parte del tratamiento integral de la enfermedad celíaca ya están incluidas en el PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO hoy vigente por Resolución MS 1991/2005, complementarias y modificatorias.

Que, sin embargo, resulta necesario incorporar otras prácticas y tratamientos destinados a su efectiva detección y diagnóstico, ya que la detección temprana y el tratamiento oportuno revisten fundamental importancia para evitar complicaciones secundarias de esta patología.

Que el análisis con el Anticuerpo IgA Anti Transglutaminasa tisular humana (a-tTGIgA) y la biopsia endoscópica del duodeno proximal son herramientas costo-efectivas para el diagnóstico de la enfermedad celíaca.

Que la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD, la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION y la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS han prestado conformidad a esta propuesta.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa conforme a las disposiciones de la "Ley de Ministerios - T.O. 1992", modificada por Ley Nº 26.338, la Ley Nº26.588 y el Decreto 492/1995.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

Resuelve:
Artículo 1º — Apruébase e incorpórase al PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO la pesquisa a través del marcador sérico IgA Anticuerpos anti transglutaminasa tisular humana (a-tTG-IgA) para la detección de la enfermedad celíaca.

Art. 2º — Apruébase e incorpórese al PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO la biopsia del duodeno proximal para el diagnóstico de la enfermedad celíaca.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan L. Manzur.

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